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PETROCARIBE Acuerdo de Cooperación Energética


Petrocaribe

 

Petrocaribe es un Acuerdo de Cooperación Energética propuesto por el Gobierno Bolivariano de Venezuela, con el fin de resolver las asimetrías en el acceso a los recursos energéticos, por la vía de un nuevo esquema de intercambio favorable, equitativo y justo entre los países de la región caribeña, la mayoría de ellos sin control estatal del suministro de estos recursos.

 

Está concebido como un organismo multilateral capaz de asegurar la coordinación y articulación de las políticas de energía, incluyendo petróleo y sus derivados, gas, electricidad, uso eficiente de la misma, cooperación tecnológica, capacitación y desarrollo de infraestructura energética; así como el aprovechamiento de fuentes alternas, como la energía eólica y solar, entre otras. 

 

Esta organización nació el 29 de junio de 2005, con la participación de 14 países del Caribe, que asistieron al I Encuentro Energético de Jefes de Estado y/o de Gobierno del Caribe sobre Petrocaribe, celebrado en la ciudad de Puerto La Cruz, al Oriente de Venezuela. 

 

El 6 de septiembre de 2005, se desarrolló la II Cumbre de Jefes de Estado y/o de Gobierno del Caribe sobre Petrocaribe, en la ciudad de Montego Bay, Jamaica. El 10 y 11 de agosto de 2007, tuvo su sede en Caracas, Venezuela, la III Cumbre de la iniciativa. El IV encuentro de dignatarios de los países asociados a Petrocaribe es realizado en la ciudad de Cienfuegos, República de Cuba, en diciembre de 2007. 

 

 

Países firmantes del Acuerdo

La iniciativa Petrocaribe fue suscrita inicialmente por 14 países: Antigua y Barbuda, Bahamas, Belice, Cuba, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Surinam y Venezuela. Durante la III Cumbre Petrocaribe se adhirieron formalmente Haití y Nicaragua. 

Objetivo
Petrocaribe busca contribuir con la transformación de las sociedades latinoamericanas y caribeñas, haciéndolas más justas, cultas, participativas y solidarias, por lo que está concebido como una propuesta integral que promueve la eliminación de las desigualdades sociales, fomenta la calidad de vida y una participación efectiva de los pueblos en la conformación de su propio destino.

 


Tratado de Seguridad Energética Petrocaribe

Con el fin de garantizar la seguridad y estabilidad energética del Caribe, diez países asistentes a la III Cumbre realizada en agosto de 2007, suscribieron el Tratado de Seguridad Energética Petrocaribe, propuesto por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez. Las naciones firmantes fueron: Granada, Belice, Cuba, Dominica, Haití, Nicaragua, San Vicente y Granadinas, Jamaica, Surinam y Venezuela.

 

Este mecanismo tiene la finalidad de ampliar la capacidad  de refinación y construir o mejorar la infraestructura energética de la región, para el despacho, recepción, transporte, almacenaje y distribución de hidrocarburos. Asimismo, busca desarrollar políticas y acciones para que cada país destine 10% de su capacidad de siembra a la producción del etanol estrictamente necesario, construya plantas de licuefacción y regasificación e introduzca el gas en su matriz energética.

El tratado también fomenta el uso racional de la energía, en la búsqueda del máximo ahorro y eficiencia, para lo cual impulsa el desarrollo de polos petroquímicos, la sustitución de artefactos de alto consumo energético por equipos más eficientes y el empleo de energías alternativas como la eólica, solar, geotérmica, hidroeléctrica, entre otras.


Los países miembros se comprometieron a crear y fortalecer empresas mixtas binacionales y a negociar directamente entre Estados para eliminar los intermediarios.

 

 

Declaración Política de la III Cumbre

Los 16 países miembros de Petrocaribe, firmaron la Declaración Política de la III Cumbre, celebrada en Caracas. El documento, establece la revisión de los avances de este mecanismo de unión energética, nacido el 29 de junio de 2005, y ratifica la voluntad de los signatarios de consolidar la unión energética como instrumento de alianza política y estratégica en la región.


Asimismo, resalta el papel de
la Alternativa Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América (ALBA), en el rumbo a seguir para alcanzar la unión regional, con base en la justicia social, la solidaridad, la ampliación de programas sociales y proyectos gran nacionales, que impulsen el desarrollo económico y el intercambio comercial.


Más que un contrato de suministro

En el ámbito operativo, el Acuerdo de Cooperación Energética Petrocaribe es mucho más que un contrato de suministro de hidrocarburos, constituye una iniciativa política destinada a brindar facilidades tanto financieras como estructurales que garanticen el suministro directo hacia los países del área, donde el mercado de los hidrocarburos se ve afectado por la intermediación y la especulación.

Petrocaribe
lleva implícita la articulación de convenios existentes anteriormente, como el Acuerdo de San José y el Acuerdo Energético de Caracas. Sin embargo, mejora las condiciones de este último, que prevé el financiamiento de 25% de la factura, con un año de gracia, pagadero en 15 años, con el 2% de interés.


Petrocaribe propone una escala de financiamiento entre 5% y 50% de la factura petrolera, tomando como referencia el precio de los hidrocarburos. Igualmente extiende el período de gracia para el financiamiento de uno a dos años y prevé una extensión del período de pago de
17 a 25 años, reduciendo el interés a 1%, si el precio del petróleo supera los 40 dólares por barril. El pago a corto plazo de 60% de la factura se extiende de 30 a 90 días.


Con base en los principios solidarios de este acuerdo,
la República Bolivariana de Venezuela está dispuesta a aceptar que parte del pago diferenciado de la factura se realice con bienes y servicios, por los que puede ofrecer, en algunos casos, precios especiales.

 

 

Principios

 

El Acuerdo Petrocaribe está basado en los siguientes principios políticos:
• Unión
• Solidaridad
• Cooperación
• Complementariedad
• Seguridad energética

• Desarrollo socioeconómico

• Empleo soberano de los recursos energéticos

• Visión conservacionista

• Mirada hacia el Sur


Fundamentada en estos principios, Venezuela redefinió su política energética. En el ámbito interno del país, esto se refleja en el reforzamiento de la soberanía petrolera, así como en el nuevo rol de PDVSA.

 

En el ámbito internacional, se materializa a través de la visión solidaria, complementaria y unificadora, como mecanismo para liberar a los pueblos hermanos de las enormes dificultades de acceso a los recursos energéticos, que acentúan las desigualdades sociales y deterioran la calidad de vida.

 

Teniendo Venezuela las mayores reservas de hidrocarburos en el mundo y el complejo refinador más grande del planeta, tradicionalmente dio la espalda a sus vecinos. Este esquema favorecía los intereses de los países poderosos e ignoraba el patrimonio compartido con el Caribe y Centroamérica: un mismo mar, la mezcla de raíces africanas y aborígenes, historias de colonización y luchas por la liberación de pueblos, necesidades y potencialidades para el desarrollo a partir de invaluables riquezas naturales.

 

Hoy, PDVSA y su filial, PDV Caribe, desarrollan la plataforma política, técnica y de infraestructura para revertir este aislamiento histórico y construir la soberanía y seguridad energética de los países miembros del Acuerdo Petrocaribe.

 

Esta iniciativa representa una semilla para la transformación de las sociedades latinoamericanas y caribeñas, como parte de la siembra del ALBA (Alternativa Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América), siguiendo los ideales del Libertador Simón Bolívar, por la construcción de una gran nación. Asimismo, constituye el apoyo del Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela a sus vecinos de Centroamérica y el Caribe, que en solitario no pueden hacer frente a las situaciones de manejo especulativo, tensión y altos precios que afectan a los hidrocarburos; pero que unidos reúnen la fuerza para afrontar estos obstáculos.

 

 

Plataforma Institucional

 

Petrocaribe cuenta con las siguientes instancias de decisión:


1.-Consejo Ministerial


Lo integran los ministros de energía (o sus equivalentes) de los países firmantes del acuerdo y ejerce las siguientes funciones:

 
• Coordinar las políticas, estrategias y planes correspondientes.

• Delegar funciones y responsabilidades en los órganos que se constituyan para el cumplimiento de tareas específicas, cuando sea necesario.

• Acordar y aprobar los tópicos de interés prioritario para la organización; así como los estudios, talleres y mesas de trabajo que provean el soporte técnico y jurídico de los mismos.

• Ejercer la máxima instancia de rendición de cuentas en relación a la gestión de la Secretaría Ejecutiva.

• Acordar el ingreso de nuevos miembros y las desincorporaciones a las que hubiere lugar.

• Realizar una reunión ordinaria cada año y tantas extraordinarias como sea necesario.

• Designar un presidente y un suplente, quienes convocarán y dirigirán las reuniones.

2.-Secretaría Ejecutiva:


Ejercida por el Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo de
la República Bolivariana de Venezuela. Sus funciones son:

 
• Preparar las agendas para las reuniones del Consejo Ministerial.
• Gerenciar y administrar directamente los asuntos de Petrocaribe.

• Asegurar la ejecución y realizar el seguimiento de las decisiones adoptadas en el Consejo Ministerial; así como someter los informes y recomendaciones correspondientes.

• Establecer la prioridad de los estudios y proyectos definidos por el Consejo Ministerial.

• Proponer al Consejo Ministerial la asignación de recursos para la conducción de los estudios que sean necesarios.

 

Fondo AlbaCaribe

 

Para contribuir con el desarrollo económico y social de los países caribeños, Petrocaribe dispone del Fondo Alba Caribe, constituido con recursos provenientes del ahorro generado por el financiamiento de la factura petrolera y el comercio directo; así como provenientes de instrumentos financieros y no financieros.

Con el propósito de activar el Fondo Alba Caribe,
la República Bolivariana de Venezuela ha aportado un capital de más de 100 millones de dólares. 

Nueve países se han beneficiado de este fondo: Antigua y Barbuda, Belice, Cuba, Dominica, Granada, Haití, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas y Nicaragua. Paralelamente se progresa en la evaluación y diseño de nuevos proyectos.

 

 

PDV Caribe

 

Con el fin de hacer operativo el Acuerdo Petrocaribe, PDVSA creó la filial de propósitos especiales PDV Caribe S.A., que tiene entre sus objetivos:


• Apoyar la planificación, organización y desarrollo conjunto de capacidades de transporte, recepción, almacenamiento, distribución y comercialización de hidrocarburos, a través de un suministro directo, seguro y confiable para los países caribeños y centroamericanos, con el fin de impulsar su desarrollo sustentable.


• Promover proyectos de infraestructura que coadyuven al manejo soberano de la energía en el Caribe y Centroamérica, en función del bienestar colectivo y mejora de la calidad de vida de los pueblos.


• Coordinar la ejecución de proyectos sociales en los países miembros, con el financiamiento del Fondo Alba Caribe.


• Impulsar la cooperación tecnológica, capacitación técnica y actividades relacionadas con el ahorro de energía eléctrica y la utilización de fuentes alternativas, para impulsar el uso más limpio, racional y eficiente de las energías convencionales y renovables.

• Materializar la realización de contratos de suministro, constitución de Empresas Mixtas y demás actividades operativas asociadas a la ejecución del Acuerdo Petrocaribe.


• Coordinar el transporte requerido para el cumplimiento de los compromisos contraídos, a través de PDV Marina y/o Transalba, compañía naviera que apoya la operatividad de Petrocaribe.

 

 

Estudios

 

Como órgano habilitador de políticas y planes energéticos, Petrocaribe ha dispuesto la realización de investigaciones orientadas al uso racional y eficiente de los recursos naturales y energéticos de la región caribeña, en beneficio directo de sus habitantes. En este sentido, se ejecutan dos estudios:


1.- Estudio sobre Energías Renovables en el Caribe

 
Esta iniciativa permitirá identificar las posibles fuentes de energía renovables existentes en la región (como la eólica, solar y biomasa), para diversificar matrices energéticas, en concordancia con los principios ambientales de desarrollo sostenible. En este sentido ayudará a mitigar la pobreza y reducir las desigualdades, con la creación de nuevas oportunidades de empleo e ingresos; incrementar las garantías en materia de seguridad energética y contribuir con un medio ambiente más sano.


Objetivos
• Identificar las potencialidades del Caribe considerando.

 
• Impacto social (creación de empleo, reducción de la pobreza).


• Impacto ambiental (mejoramiento del medio ambiente).

 
• Impacto sobre la integración regional (factor integracionista).


• Ventajas para su producción (ahorro y uso racional de la energía, seguridad energética).


• Tecnologías asociadas (eficacia y eficiencia).

 
• Ubicación y costos de la infraestructura requerida (equipos, instalación, facilidades).


• Posibles fuentes de financiamiento.


 
2.- Estudio sobre
la Situación Energética del Caribe


Esta investigación ayudará a minimizar los efectos negativos que sobre los países de la región tienen los costos de la energía, originados por factores especulativos y geopolíticos, así como aprovechar la complementariedad económica, social y cultural para disminuir las asimetrías en el Caribe.


Objetivos
• Analizar las políticas públicas de los países de la región.

 
• Cuantificar y evaluar la matriz energética de cada uno de los países.


• Evaluar la eficiencia de la cadena energética.


• Estimar el impacto de los costos de la energía en la economía de cada uno de los países.

 
• Estudiar la naturaleza y magnitud de los riesgos relacionados con el entorno local e internacional.

 
• Identificar los indicadores de calidad de vida de los pueblos.


• Determinar la infraestructura y logística asociada a la matriz energética.


• Elaborar el documento del Plan Estratégico para
la Política Energética del Caribe.

 

 

Convenios

 

7 Empresas Mixtas


Belice, Cuba, Dominica, Granada, Nicaragua, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas.

 

11 Contratos de Suministro


Antigua y Barbuda, Belice, Cuba, Dominica, Granada, Guyana, Haití, Jamaica, Nicaragua, San Cristóbal y Nieves, San Vicente.

 

  

Estatutos

 

CAPÍTULO I

La Organización y sus Objetivos

 

Artículo 1

 

PETROCARIBE es una organización intergubernamental de carácter permanente, en adelante “La Organización” en conformidad con el Acuerdo de Cooperación Energética, suscrita por los Gobiernos de Antigua y Barbuda, Bahamas, Belize, Cuba, Dominica, Grenada, Guyana, Jamaica, República Dominicana, Saint Vincent  and the Grenadines, Saint Lucia, San Kitts y Nevis, Suriname y Venezuela, el 6 de septiembre de 2005, en Montego Bay, Jamaica,  y realizará sus funciones según las disposiciones expuestas en este texto.

 

Artículo 2

 

A. El objetivo principal de La Organización será coordinar las políticas públicas en materia de energía de los países miembros, con el fin de:

 

·         Minimizar el riesgo asociado con la seguridad de suministro de energía para los países miembros;

·        Defender el derecho soberano de administrar la tasa de explotación de los recursos naturales no renovables y agotables;

·        Minimizar los costos de transacciones de la energía entre los países miembros

·        Aprovechamiento de los recursos energéticos para solventar las asimetrías en el marco de integración regional;

·         Crear mecanismos para asegurar que los ahorros derivados de la factura energética, surgidos en el marco de PETROCARIBE, sean empleados para el desarrollo económico y social, el fomento de empleo, el incremento de actividades productivas y de servicios, de salud pública, de educación, de cultura, y de deporte, para que de este modo los beneficios derivados de PETROCARIBE sean un aporte sustancial a la lucha contra la pobreza, el desempleo, el analfabetismo y la falta de asistencia médica en los países miembros.

 

Artículo 3

 

La Organización será guiada por el principio de soberanía e igualdad de sus países miembros. Los países miembros actuarán de buena fe en concordancia con los estatutos de La Organización.

 

Artículo 4

 

La sede de La Organización será en la ciudad de Caracas, Venezuela.

 

Artículo 5

 

Los idiomas oficiales de La Organización serán el inglés y el español.

 

CAPÍTULO II

Membresía

 

Artículo 6

 

A. Los miembros fundadores son los países que suscribieron el Acuerdo de Cooperación Energética PETROCARIBE, el 29 de junio de 2005, en la ciudad de Puerto La Cruz, Venezuela

B. Los miembros de La Organización serán los miembros fundadores, como también todos los países de la región del Caribe, que hayan solicitado la membresía y admitidos por unanimidad por el Consejo Ministerial.

C.  Sólo podrán ser admitidos en La Organización aquellos países que tengan intereses y necesidades similares a las de los países miembros. Las solicitudes de membresía se harán a través de una planilla de solicitud y sometido al consejo ministerial para su aprobación. 

D. Se institucionaliza la figura de país observador. La condición de miembro observador deberá ser formalizada a través de una planilla de solicitud y sometida al consejo ministerial para su aprobación.  La  membresía definitiva dependerá de la voluntad del país y de la aprobación por unanimidad del Consejo Ministerial.

E. El consejo ministerial es el único órgano autorizado para considerar y aprobar la membresía en este organismo.

 

CAPÍTULO III

Órganos

 

Artículo 7


La Organización tendrá dos órganos:

 

I. El Consejo Ministerial

II. La Secretaría Ejecutiva

 


I. El Consejo Ministerial

 

Artículo 8


 El Consejo Ministerial será la máxima instancia decisoria de La Organización.


Artículo 9


A.
 El Consejo Ministerial estará conformado por delegaciones representantes de los países miembros. Cada delegación consistirá de uno o más delegados y será presidida por el Ministro encargado del área de la energía u otra persona designada por él.

B. Cada país miembro deberá ser representado físicamente en todas las, reuniones del Consejo Ministerial, sin embargo, se requerirá un quórum de 60% de los países miembros para sesionar.

C. Cada país miembro tiene derecho a un voto. Todas las decisiones de la Conferencia requieren de un acuerdo por consenso. 


Artículo 10

 

A. El Consejo Ministerial se reunirá una vez al año regularmente en Venezuela.

B. El consejo ministerial podrá aprobar reuniones extraordinarias, según lo solicite la secretaria ejecutiva. Países miembros que quieran convocar una reunión extraordinaria deberán comunicarle su petición al secretariado, que a su vez comunicara esta a los países miembros.

C. El Consejo Ministerial designará un Presidente y un Suplente, quienes convocarán las reuniones, administrarán y conducirán los asuntos de la Conferencia hasta la próxima reunión del Consejo.

 i. La Presidencia del Consejo Ministerial será ocupada permanentemente por la Republica Bolivariana de Venezuela.

 ii. La Vicepresidencia del Consejo Ministerial será rotativa.


Artículo 11

 

Sujeto a discreción del Consejo Ministerial el país anfitrión del Consejo Ministerial será rotado en orden alfabético.

 

Artículo 12


Las funciones del Consejo Ministerial en concordancia con los objetivos del Secretariado, serán las siguientes:

 

·        Coordinar las políticas, estrategias y planes correspondientes;

·        Delegar funciones y responsabilidades en los órganos que se constituyan para el cumplimiento de tareas específicas, cuando sea necesario;

·         Acordar y aprobar los tópicos de interés prioritario para La Organización, así como los estudios, talleres y grupos de trabajo que provean el soporte técnico y jurídico de los mismos;

·         Asegurar la rendición de cuenta por parte de la secretaria ejecutiva ante el mismo.

·        Acordar el ingreso de nuevos miembros y el retiro a las que hubiera lugar;

·         Asignar los recursos humanos, financieros y logísticos.

 

 

II. La Secretaría Ejecutiva

 

Artículo 13


La Secretaría Ejecutiva llevará a cabo las funciones ejecutivas de La Organización, según las disposiciones de este estatuto y bajo la dirección del Consejo Ministerial. 

 

Artículo 14


A. 
La Secretaría Ejecutiva funcionará como la sede de La Organización y estará adscrita al Ministerio de Energía y Petróleo de la República Bolivariana de Venezuela.

B. Los costos operativos del secretariado correrán por cuenta del gobierno de la Republica Bolivariana de Venezuela.

C.  El personal ejecutivo de la Secretaria Ejecutiva no se restringirá a ciudadanos venezolanos, sin embargo los costos asociados en casos de ciudadanos de otras nacionalidades serán compartidos.


Artículo 15


La Secretaría Ejecutiva será dirigida por un Secretario General, quien será designado por el Ministro de Energía y Petróleo de la República Bolivariana de Venezuela. La Secretaría Ejecutiva tendrá  tanto personal como se requiera.


Artículo 16


A. El Secretario General será el representante legal autorizado de La Organización, y tendrá que estar presente en todas las reuniones.

B. El Secretario General será el funcionario jefe del Secretariado y tendrá la responsabilidad directa de todos los asuntos de La Organización, en concordancia con el Consejo Ministerial.

 

Artículo  17


A. La función principal de
la Secretaría Ejecutiva será la de asegurar la coherencia, consistencia y calidad de los estudios técnicos que se generen, a fin de cuantificar los riesgos asociados a la dinámica  y complejidad del mercado energético del Caribe.

B. Adicionalmente la Secretaría Ejecutiva realizará las siguientes funciones:

 

·        Preparar las agendas para las reuniones del Consejo Ministerial;

·         Administrar directamente los asuntos de PETROCARIBE;

·         Asegurar la ejecución y realizar el seguimiento de las decisiones adoptadas en el Consejo Ministerial, así como someter los informes y recomendaciones correspondientes;

·        Establecer la prioridad de los estudios y proyectos definidos por el Consejo Ministerial. Los estudios y proyectos serán financiados por el secretariado

·        Proponer al Consejo Ministerial la asignación de recursos para la conducción de los estudios que sean necesarios.

 

Capítulo IV

Reformas

 

Artículo 18


Estos estatutos podrán modificarse por decisión unánime de una sesión debidamente constituida del Consejo Ministerial.

 


Versión revisada 5/9/05 5:10 p.m.

Fue  adoptada por el consejo ministerial el día 5 de Septiembre de 2005

 

 

III Cumbre

 

La III Cumbre de Petrocaribe fue realizada en Caracas, Venezuela, en agosto de 2007.

 

 

IV Cumbre

 

Los líderes de los 16 países miembros del Petrocaribe se reunieron en la ciudad de Cienfuegos, Cuba en diciembre de 2007, para realizar la IV Cumbre de Jefes de Estado y/o Gobierno de Petrocaribe, con el propósito de continuar el progreso de la iniciativa de la unión energética en la región de Latinoamérica y el Caribe.


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